Artículos

Los conceptos de España durante los reinados de los Austrias

The concepts of Spain during the Habsburg’s reigns

Matthias Gloël
Universidad Católica de Temuco, Chile

Los conceptos de España durante los reinados de los Austrias

Revista de Humanidades, núm. 38, pp. 191-216, 2018

Universidad Nacional Andrés Bello

Recepción: 20 Julio 2017

Aprobación: 18 Diciembre 2017

Resumen: Este estudio está dedicado a los significados del término España en la Edad Moderna, particularmente durante los reinados de los Austrias. Se muestra que el significado que se le asigna hoy, como concepto político de una parte de la Península ibérica, no es válida para la época y, a pesar de ello, se ha usado durante mucho tiempo en dicho sentido. Se identifican tres conceptos principales de España para el período de los Austrias: el geográfico, el de la monarquía española y el de la nación española, éste último con un significado muy distinto al actual.

Palabras clave: Edad Moderna, historia de España, historia de Portugal, monarquía hispánica, historia de la historiografía.

Abstract: This study is dedicated to the meanings of the term Spain during Early Modern Times, especially during the reigns of the Habsburg kings. We show that the current meaning of Spain as a political concept of one part of the Iberian Peninsula is not valid for that time. Nonetheless, it has been used in this sense for a long time. Three main concepts of Spain are identified for the Habsburg period: the geographical one, the one of the Spanish monarchy and the Spanish nation, although the last one with a very different meaning than today.

Keywords: Early Modern Times, Spanish History, Portuguese History, Spanish Monarchy, History of Historiography.

1. Introducción

El significado de las palabras y nociones cambia con el tiempo, lo que implica que en el pasado a menudo representaban cosas diferentes. Quentin Skinner –uno de los máximos exponentes de la Cambridge School (Sobre la Cambridge School, véase Bell, 2001)– expuso de forma contundente el porqué no existe el dateless wisdom1 en los textos clásicos acerca de la moral, política o religión (57; véase también Vilar), por lo que es necesario leer y entender los textos –y las palabras que contiene– desde la perspectiva de la propia época de su producción, la lectura de textos históricos, en este sentido, siempre está llena de riesgos.

A pesar de lo anterior, no ha habido claridad acerca del significado del término España en la Edad Moderna, problema que persiste hasta ahora. España no tenía el mismo significado que hoy, para aclarar esto es preciso hacer un análisis profundo de las nociones políticas y territoriales de la península ibérica de la Edad Moderna. Muchas veces los conceptos de “España” y “Castilla” se confunde o se toman por sinónimos. Por ejemplo, los listados de los reyes de España anteriores a los Reyes Católicos contienen a los reyes de Asturias, de León y finalmente de Castilla y León como reyes de España. También las enumeraciones son castellanas como muestra precisamente el rey actual Felipe VI, dado que Felipe el Hermoso –marido de Juana la Loca– solo reinó en Castilla y dicha corona ha tenido seis Felipes, mientras que la corona de Aragón solo ha tenido cinco reyes con ese nombre (tres de la casa de Austria y el primer rey Borbón antes del monarca actual). Otro fenómeno común es que se identifica la noción geográfica con el Estado español actual y su territorio, con lo que se anticipa a la división política actual de la península ibérica en dos estados nacionales y se aplica dicha división a la Edad Moderna.

2. España en la historiografía contemporánea

Los orígenes de este problema se encuentran ya en el siglo XIX, pues en la historiografía española de dicho siglo se denomina a los Reyes Católicos –Fernando e Isabel– en muchas ocasiones como reyes de España. A su nieto Miguel (1498-1500), hijo del rey portugués Manuel e Isabel, hija de los Reyes Católicos, se le identifica como el heredero de España y Portugal, tal como también se describe a la unión ibérica de 1580 como una unión de España y Portugal. En esa línea se encuentra también la gran referencia de la historiografía española del siglo XIX, Modesto Lafuente. En el prólogo del primer tomo de su gran Historia de España desde los tiempos más remotos hasta nuestros días señala que “con la unión de Aragón y Castilla pudo decirse que la España era una nación” (X). A continuación, gran parte de los historiadores del siglo XIX y XX contemplaban la Edad Moderna con los ojos de su propio tiempo, aplicando los conceptos de su tiempo a épocas anteriores, lo que constituye una actitud historiográfica diametralmente opuesta a lo postulado por Skinner. Según esta perspectiva, para Lafuente empieza a haber reyes de España al finalizar el reinado de los Reyes Católicos,

y aunque todavía sean Isabel de Castilla y Fernando de Aragón, el que les suceda no será ya rey de Aragón ni rey de Castilla, sino rey de España: palabra apetecida, que no habíamos podido pronunciar en tantos centenares de años como hemos históricamente recorrido. Comienza la unidad. (Lafuente 118)

En esta idea está presente el concepto de nación eterna y de que siempre ha existido en un territorio más o menos igual, lo que se evidencia en que para Lafuente se trata de una recuperación o restauración de algo perdido: la unidad de la nación española, rescatada bajo los Reyes Católicos y que se había perdido a causa de la invasión musulmana de 711. Durante gran parte del siglo XX, la idea de nación eterna tuvo continuidad en autores como Benito Sánchez Alonso, José Ares Montes o José Luis Comellas. El reinado de los Reyes Católicos es visto generalmente como el tiempo en el que se crea la unidad española o, más bien, que dicha unidad fue restablecer un estado anterior a 711. Esta unidad nacional se habría conseguido mediante tres hitos: el matrimonio de Fernando e Isabel (1469), la conquista de Granada (1492) y la incorporación de Navarra (1512).

La unión con Portugal, en cambio, se ha visto por lo general como algo no natural, destinado al fracaso, pues se suele señalar que dicha unión no podía funcionar debido a que desde hacía siglos España y Portugal habrían constituido dos realidades políticas distintas. Gregorio Marañón incluso habla de una anexión artificial y de una inevitable independencia debido a la realidad étnica (Marañón 180-181).

Asimismo, la historiografía portuguesa analiza dicha unión como un intento de integrar a Portugal en el estado centralista español, por lo que los acontecimientos de 1640 se interpretan como una liberación del yugo español y la recuperación de la libertad. Durante el tricentenario de la así llamada Restauração en 1940 hubo un gran auge de esta corriente historiográfica. El cambio dinástico de 1640 y el tratado de Lisboa de 1668, en el cual Carlos II reconocía la realeza de los Bragança constituyen los momentos desde los cuales se analizan las décadas anteriores.

Aunque también algunos contemporáneos llamaban a Fernando e Isabel reyes de España, la realidad es que ni ellos ni sus sucesores ostentaron dicho título ni tuvieron la intención de hacerlo. De hecho, incluso Fernando VII llegaría a jurar la Constitución de Cádiz como rey de las Españas y no como rey de España. La denominación rey de las Españas se encuentra también en las monedas en su versión latina Hispaniarum Rex, expresión que respondía a la imposibilidad de colocar todos los territorios en las monedas.

Como recalca Alfredo Floristán Imízcoz, Fernando e Isabel “nunca soñaron con ir más allá” que ser reyes de Castilla y reyes de Aragón (137). En realidad fue el azar histórico que posteriormente salvó la unión de Castilla con Aragón, dado que Fernando se volvió a casar tras la muerte de Isabel en 1504. De este matrimonio con Germana de Foix nació en 1509 el príncipe Juan que iba a heredar los reinos de la corona de Aragón, mientras que los reinos de Castilla permanecerían con la princesa Juana y su descendencia. Solo la muerte del príncipe al nacer evitó la ruptura dinástica e hizo caer ambas coronas finalmente en manos de Carlos V.

Fuera de la península también dominaba esta visión; el inglés John Lynch y la alemana Regine Jorzick consideran que la unidad española concluye con la incorporación de Navarra en 1512. Otra lectura errada en esta corriente es tratar la unión de las coronas de Castilla y Aragón –producto del matrimonio de los Reyes Católicos– como una “unión definitiva”. Aunque dicha unión se conserve hasta hoy, en la época de los Reyes Católicos no implicaba una unión definitiva, como ya se ha descrito anteriormente. En realidad, muy pocos luchaban por su conservación, es más, muchos sectores de ambas coronas deseaban su final (Ochoa Brun), en este sentido, hablar de una unidad fija e indivisible de Castilla y Aragón es una forma anacrónica de ver esa unión.

El análisis de las crónicas modernistas acontece de la misma forma. Por ejemplo, en 1944, Benito Sánchez Alonso publicó Historia de la historiografía española, donde establece una distinción entre “las crónicas generales” y “la historia de los reinos antiguos”. Con las “crónicas generales” Sánchez Alonso se refiere a obras de historia de España, mientras los “reinos antiguos” son Castilla, Aragón, Valencia, Cataluña y Navarra principalmente. Dichos reinos, según Sánchez Alonso, habrían vivido una “absorción en la nueva España” (2). Conviene señalar que el término “crónica general” en la Edad Moderna significa “de todos los tiempos” y no corresponde al sentido que el autor le da. Para ejemplificar, dicho autor menciona una serie de autores que escribieron crónicas sobre Castilla, aunque la mayoría sobre Aragón, Cataluña y Valencia, mientras los cronistas portugueses ni siquiera son mencionados. Ahora bien, el error que comete Sánchez Alonso es asumir que dichos “reinos antiguos” dejaron de existir en la Época Moderna como veremos más adelante. Lo que expone Sánchez Alonso se podría considerar válido para el caso de Castilla donde muchos cronistas efectivamente prefieren llamar su crónica “de España”, este no es el caso de los demás reinos peninsulares, cuyas obras historiográficas se refieren en su mayoría al propio reino.

El mismo error conceptual se encuentra en biografías u obras dedicadas a cronistas de la Edad Moderna, como, por ejemplo, Guenter Lewy y su libro dedicado al historiador jesuita Juan de Mariana. En el resumen del contexto histórico del personaje, señala primero la formación de la España moderna por la unión de Castilla y Aragón (Lewy 11). Posteriormente, explica que, con la anexión de Portugal, toda la península ibérica estaba gobernada por un solo hombre (Lewy 12), en esta afirmación subyace otro error conceptual: la exclusión de Portugal del concepto de España en la Edad Moderna. La omisión de que España y península ibérica eran sinónimos se encuentra en la mayoría de los autores. En muchos casos, como en la ya tardía obra de Helenio Saña, España sin equilibrio, ni siquiera está presente el concepto de España como espacio geográfico –nótese que cabría la posibilidad de considerar España como concepto geográfico excluyendo Portugal–. El concepto de España que emplea Saña es claramente político, lo que se evidencia cuando señala la “incorporación a España del reino de Navarra” en 1512 (Saña 11), lo que implica que en los años anteriores Navarra no pertenecía a España por tener reyes propios, esto es una visión claramente política.

Siguiendo este modo de definir España, queda claro que Portugal no forma parte de ella –recordemos que de 1580 a 1640 se encontraba dinásticamente unido a los demás reinos españoles–. La unión con Portugal se suele omitir o tratar de la forma más breve posible, se la menciona principalmente en el contexto del año crítico de 1640. La rebelión portuguesa habría significado el fin de la anexión española y le habría devuelto a Portugal la independencia o incluso la independencia nacional, en palabras de Saña (66). La rebelión catalana, en cambio, se describe de forma mucho más extensa y como un intento de separarse de España. Mientras Cataluña se considera como parte de España para esta corriente historiográfica, Portugal no lo es ni lo fue nunca.

3. España en la historiografía actual

Aunque hubo obras pioneras como la de Magalhães Godinho (1968) respecto de la unión ibérica, solo en las últimas dos décadas se está superando esta visión anacrónica de la Edad Moderna. A partir del artículo básico de John H. Elliott (1992) “A Europe of composite monarchies” se comienza a analizar la monarquía hispánica como una entidad compuesta de distintos reinos y territorios jurídicamente independientes, cuya conexión principal era la figura del monarca2. Por lo tanto, el rey rige en cada uno de sus territorios por separado sin ostentar un título unitario, lo que se verá más adelante en la titulación oficial del monarca, en la cual no aparece el título de rey de España, pero sí el de cada una de sus posesiones.

Como bien indica el título del artículo de Elliott, dicho concepto no es únicamente válido para la monarquía hispánica, sino para gran parte de los territorios europeos. En Gran Bretaña e Irlanda hay varias uniones dinásticas, primero entre Inglaterra y Gales (1301) y más adelante con Irlanda (1542) y Escocia (1603) (Russell, Asch, Robertson). No obstante, los reyes no ostentaban el título de rey de Bretaña, lo que ocurriría recién en el siglo XVIII. Además están los casos de Escandinavia (Gustafsson), Polonia-Lituania (Gierowski) y Prusia-Brandenburgo (Kaiser y Rohrschneider) que también presentan uniones dinásticas de este tipo. Más recientemente se ha propuesto el concepto de monarquías policéntricas, que busca superar la idea de centro y periferia proponiendo que la monarquía contaba con una serie de centros desde los cuales se hacía política y se ejecutaba el poder (Cardim y otros).

La historiografía española comenzó a distanciarse lentamente del uso anacrónico y engañoso de la noción “España”, por ejemplo, Manuel Fernández Álvarez trata de definir las diferencias entre España, Castilla y Portugal, señala que se debe describir la unión de 1580 como una unión entre Portugal y Castilla, por lo que tanto la noción actual como la de entonces son erróneas (Fernández Álvarez 515); y si se profundiza, esta afirmación de Fernández Álvarez no es del todo exacta, pues dicha unión no fue solo entre Portugal y Castilla, sino entre todos los reinos ibéricos, es decir, Castilla, Aragón, Cataluña, Valencia y Portugal3. Por lo tanto, tampoco se puede hablar de un reino español o reino de España sino de reinos españoles, es decir, reinos que se encuentran ubicados en el espacio geográfico español y uno de ellos, por supuesto, es el reino de Portugal. La individualidad portuguesa fuera de España es un resultado de la historia, pero no se puede suponer dicha individualidad ya para la Época Moderna.

Para García Cárcel había y hay una búsqueda de las raíces del concepto de España, caracterizándola como una de las “obsesiones historiográficas españolas” que no se encontraría de la misma forma en ningún otro país (442). Actualmente, en cambio, según dicho autor, ya no habría dudas acerca de que el concepto de España en la Época Moderna corresponde al de la antigua provincia romana Hispania (446). Por ello, se tiene que entender Portugal como parte de España, es decir, de la península ibérica y no como provincia de un país vecino, el que no existía como sí lo hacía España.

Por lo tanto, según García Cárcel, el problema conceptual a principios de los años noventa estaría resuelto y, a pesar de existir ejemplos contrarios, dicha afirmación podría ser válida para gran parte de la historiografía española. Sin embargo, no lo es para la portuguesa de los últimos años, pues tres años antes de la publicación del texto de García Cárcel, se reeditó en facsímil la Fastigímia de Pinheiro da Veiga, una importante obra portuguesa del siglo XVII. En el prólogo, la editora señala que España y Portugal estarían unidos en aquella época en una “monarquía dual” (Lurdes Belchior 9). Términos como “monarquía dualista” o “unión de las coronas de España y Portugal” también se encuentran en obras muy recientes como en la biografía sobre el último rey de la dinastía de Avis, Sebastião, de Maria Augusta Lima Cruz.

Por lo tanto, se puede constatar que el uso del concepto España que describe y estudia la Edad Moderna no está claro hasta hoy. En realidad, no hay un solo significado que se le pueda asignar, particularmente durante los dos siglos de los reinados de la casa de Austria. El artículo de Eulàlia Duran Els conceptes d’Espanya en el segle XVI parecía acercarse a esa temática, pero finalmente solo aborda el uso que le dan los cronistas de los distintos reinos españoles al término sin tomar en cuenta otros posibles conceptos y significados.

4. España como concepto geográfico

La clásica teoría de Maravall (entre otros) de que existía “un sentimiento de comunidad de los españoles” junto a una “unidad de destino histórico” (480 y 488) ha sido recuperada recientemente por autores como Luis Suárez Fernández y Mateo Ballester Rodríguez. Ahora bien, en la Época Moderna efectivamente hubo un uso frecuente de la noción España, siguiendo la tradición medieval, como concepto de unidad geográfica de la península ibérica, tal como lo había hecho la antigua provincia romana Hispania4, pero no como concepto de unidad política. Autores como Augustí Alcoberro (43) y Joan Busquets Dalmau (266) que reeditaron autores catalanes del período (Pere Miquel Carbonell en caso de Alcoberro, Jeroni de Real en caso de Dalmau) conciben el concepto de España como una expresión geográfica vacía de contenido político. La teoría de Maravall no parece sostenible, ya que durante la Edad Media los distintos reinos cristianos no son capaces de actuar de forma conjunta contra los musulmanes, pues las distintas identidades se contraponen en vez de complementarse, situación que persiste durante la Edad Moderna especialmente fuera de Castilla. Todos los habitantes de la península ibérica –incluidos los portugueses– eran españoles, pero españoles muy distintos. Se puede hablar de una identidad en sentido amplio y poco concreto que compartían los diferentes pueblos de la península, lo que hizo posible considerar que después de la conquista del reino de Granada se había corregido la llamada pérdida de España, que refería a la conquista de la península por los moros en 711. Se trata, sin embargo, de una recuperación religiosa y no política, en este sentido, español se identificaría con cristiano. Aun así, por ejemplo, un valenciano para un castellano era un extranjero. Hay evidencias de la extranjería de naturales de un reino español en otro a pesar de compartir el mismo monarca. Por ejemplo, en 1616 Felipe III le da el marquesado de Alenquer a don Diego de Silva, cuyo padre, el portugués Ruy Gómez de Silva, había llegado a Castilla en el séquito de la princesa Isabel. Al naturalizarlo castellano perdió su condición de portugués, por lo tanto, su hijo era considerado también castellano y como tal no podía recibir mercedes en Portugal (Terrasa Lozano).

El concepto geográfico de España está muy presente en una serie de textos de diversa índole provenientes de distintos reinos de la península. El castellano Francisco de Quevedo Villegas define a España en su España defendida, y los tiempos de ahora (1609) de la siguientes forma: “Propiamente, España se diuide en tres coronas: de Castilla, Aragón, í Portvgal. (fierra los tirminos de Europa; iaze entre África i Franzia, i es geñida del estrecho del oceano i de los Pirineos” (Quevedo Villegas 327). Las tres coronas ocupan en este caso el espacio geográfico de España. Baltasar Gracián, por su parte, en su obra sobre Fernando el Católico (1640) señala que España está dividida en “tres católicos reinos” y hace referencia a los tres fundadores: don Pelayo de Asturias (Castilla), don García Jiménez de Sobrarbe (Aragón) y don Alonso Enríquez de Portugal (Portugal) (45).

Definiciones parecidas se encuentran en la mayoría de las relaciones geográficas publicadas en los diferentes reinos como las de Salazar de Mendoza, Gil, Escolano, Nunes do Leão. Estos autores suelen ubicar España como parte de Europa –concepto geográfico que sí ha mantenido su significado hasta hoy– para luego señalar en qué parte de España se encuentra el reino o el territorio que es objetivo de la obra. Por ello, se podía describir, como lo hacían –por ejemplo, Bernardo de Brito, Elógios dos Reis de Portugal com os mais verdaderos retratos que se puderão achar, o Pedro de Mariz, Diálogos de vária história– los reinos de España para referirse al conjunto de entidades políticas que había en la península.

Otro término frecuente en las relaciones geográficas y también en fuentes oficiales es el de la provincia, que se usaba principalmente para referirse a un reino o principado en contextos no políticos, aunque incluso hay referencias en fuentes oficiales de instituciones, especialmente en el caso de Cataluña. También se usaba en relaciones geográficas que dan cuenta de un contexto más amplio cuando los autores hacen referencia a la “provincia de España”.

Aun así y a pesar de no existir el título, se encuentra la noción “rey de España” o “rey de las Españas” en textos no oficiales, como lo muestran los textos del castellano Juan de Verzosa (Anales de reinado de Felipe II) o el catalán Jeroni Pujades (Dietari). Después de 1580, existe una cierta lógica en el uso de dicho denominación, pues Felipe II impera en todos los reinos españoles, por lo que se podía decir que era rey de toda España. Pujades precisamente se refiere a Felipe III y Felipe IV como reyes de España (Dietari II 31; Dietari III 215), pero diferencia que en caso de Felipe III “regnant Phelip que los regnes de castella se diu terç, y en los de la corona de Aragó segon”5 (Dietari I 69). Lo mismo afirma para el caso de Felipe IV, “tercer en Aragó”6 (Dietari IV 29). Esto hace referencia al hecho ya señalado de que Felipe I de Castilla imperó en este reino pero no en los de la corona de Aragón. En 1504 Felipe y Juana heredaron los reinos castellanos, mientras Fernando el Católico seguía reinando en los de Aragón, por lo tanto los reyes Felipe II, Felipe III y Felipe IV de Castilla reinaban como Felip I, Felip II y Felip III en Aragón, Cataluña y Valencia. La misma ocurre en Portugal, donde reinaron como Filipe I, Filipe II y Filipe III.

A pesar de todo era preciso tener cuidado con la denominación –insistimos que no era título– rey de España, como lo demuestra el texto del Cristòfor Despuig. En su obra Los col·loquis de la insigne cuitat de Tortosa (1557) critica duramente al cronista castellano Florián de Ocampo por haber llamado al ya mencionado Felipe, yerno de los reyes católicos y padre de Carlos V, en su obra “rey de España”:

Mas mirau Florián d’Ocampo, que ab tota sa autoritat i gravedat no ha dubtat de dir en les sues històries, a son propòsit, que lo rei don Felip, pare de l’emperador don Carlos, fonc rei d’Espanya perquè era de sola Castella, no mirant a l’autoritat del rei catòlic don Fernando, que leshores regnava en los regnes d’Aragó i de Granada, i al rei don Manuel que regnava en Portugal, i al rei don Joan de Labrit que regnava en Navarra, que són tots estos regnes la major part d’Espanya7. (Despuig 92)

Despuig deja muy claro en este fragmento que Felipe solo reinaba en uno de los varios reinos españoles, por lo que no era rey de toda España. También en el ámbito de los juristas catalanes se produjo rechazo a la pretensión castellana de apropiarse de España. Entre otros, lo expresó Joan Pere Fontanella en su obra Sacri Regii Senatus Cathaloniae decisiones: “hic non regimur legibus regni Castellae, propiis legibus vivimos, nullam dependentiam habentibus ab illis legibus” (Fontanella 412).

En la época del ya citado Jeroni Pujades el uso de la denominación rey de España posiblemente era menos problemático que en el siglo anterior, dado que Felipe III y Felipe IV (de Castilla) efectivamente reinaban en todos los reinos de España y no en uno solo. Con esta unión dinástica de la península ibérica, España se podía clasificar como una provincia cerrada, noción usada, por ejemplo, por Antonio de Herrera y Tordesillas en su obra Cinco libros de la historia de Portugal y conquista de las Islas de los Açores en los años 1582 y 1583 (Herrera y Tordesillas 40v.).

Después de la escisión portuguesa de la monarquía el significado del término España cambia con el tiempo, pero no de forma inmediata. A lo largo de la segunda mitad del siglo XVII se hallan una serie de fuentes en las que se sigue usando España como sinónimo de la península ibérica. En 1659, Pedro Valenzuela describe en su obra Portugal unido, y separado el proceso de las uniones de los diferentes reinos españoles para que formasen una sola monarquía, proceso que se habría concluido con la sucesión de Felipe II al trono portugués:

Este daño [que produjo la separación de los reinos] … se reparò grandemente despues, uniendose las Coronas de Castilla, y Aragon, por el casamiento de los gloriosissimos Reyes Católicos, Don Fernando y Doña Isabel. Y aviendo conquistado estos valerosissimos Principes, todo lo que posseian en España los Sarracenos, se acabò despues de perficionar el reparo, en tiempo de su bisnieto el Rey Don Felipe Segundo el Prudente, que sucediò al Cardenal, y Rey Don Enrique de Portugal en este Reyno, con que para dicha de toda España, quedò en un solo dominio, y así permaneciò hasta el infausto, y lamentable año de mil seiscientos y cuarenta. (Valenzuela 3-4)

El objetivo principal de la obra de Valenzuela era demostrar la ilegalidad de la rebelión portuguesa y, al mismo tiempo, reivindicar el derecho al trono de Portugal de Felipe IV, por lo tanto, es lógico que mantenga dicho concepto de España, lo que concuerda con la actitud del propio Felipe IV, quien no renuncia a su derecho al trono portugués hasta su muerte en 1665. Valenzuela critica en su texto a los autores portugueses, por reducir a Felipe a rey de Castilla, “despreciando el poder de su Principe con quitarle el titulo de Rey de las Españas, y llamándole Rey de Castilla, han persuadido al pueblo ignorante” (Valenzuela 44). Los autores portugueses del período mantenían el concepto de España como sinónimo de la península ibérica después de 1640, ya que cuando Felipe deja de ser rey de Portugal, para los portugueses también deja de ser rey de España, es decir, de todos los reinos españoles. En esa misma línea, Valenzuela sigue considerando a los portugueses como españoles:

aunque estèn divididas hasta en los nombres, a todas les compete el Español, comprehendiendose debaxo dèl sin distincion alguna; porque tan Español es el Portugues, como el Castellano; el Catalan, como el Vizcaino; el Aragones, como el Navarro; el Valenciano, como el Andaluz. (Valenzuela 63)

Esto no era algo demasiado particular en el período, pues en Italia ocurren algo similar, por ejemplo, como señala Gianvittorio Signorotto para el caso del Milanesado existían los naturales de la nación lombarda en oposición a los extranjeros aragoneses o napolitanos. Por lo tanto, en estricto rigor otros italianos en Milán son considerados extranjeros. Sin embargo, al igual que en el caso español existe un concepto más amplio. En el Consejo de Italia “i reggenti milanesi, napoletani e siciliani possono essere indicati nel loro insieme come esponenti ‘nazionali’ italiani, se contrapposti ai loro colleghi spagnoli”8 (Signorotto 44).

Castilla reconoció la realeza de los Bragança y con ello la independencia portuguesa solo en 1668 bajo el reinado de Carlos II en el Tratado de Lisboa, incluso así el significado del concepto de España no cambia radicalmente. En 1674, los comerciantes catalanes en Cádiz protestaron contra la designación de un cónsul flamenco quien sería responsable de ellos con el argumento de que solo sería necesario para extranjeros, pues, como Cristòfor Despuig 140 años antes, los catalanes reclaman ser españoles. Y en su definición geográfica, España no acaba en los límites de la frontera con Portugal, sino que “España es todo lo comprehendido de los montes Pyrineos a los Oceanos” (García Cárcel 477).

5. La monarquía española

A parte del concepto geográfico también había uno monárquico. La monarquía de los Austrias españoles no tenía nombre oficial, sin embargo, a parte de la denominación monarquía católica –usada desde la bula papal de Alejandro VI en 1494– la de monarquía española o monarquía de España estaba bastante difundida (véase como ejemplo la famosa obra Monarchia di Spagna del dominico Tommaso Campanella del año 1600). Sin embargo, estas últimas denominaciones no se establecen al mismo tiempo que la de monarquía católica, pues –como señala José Javier Ruiz Ibáñez– en una primera instancia la monarquía “no dejaba de identificarse con un proyecto universalista”, es decir, católico (12), particularmente el reinado de Carlos V y hasta 1530, años en los que Gattinara como gran canciller persigue el sueño de una monarquía universal (Rivero Rodríguez).

Con Felipe II se dividen las herencias del sacro Imperio y de los reinos españoles, por lo que la aspiración a una monarquía universal –correspondiente al emperador– se aleja de la rama española de los Austrias. Pareciera ser Gregorio López Madera quien usa por primera vez el término monarquía de España en 1597 (Thompson 37). El catolicismo seguía siendo lo que le daba una identidad a esta monarquía, ya que esta religión era el elemento central que todos los territorios tenían en común. Así lo afirma Juan de Salazar en 1619 en su obra intitulada Política española: “El principal fundamento que España ha tenido para adquirir los Reinos, de que goza, i la solida razon de Estado de que usa para conservarlos, es la Religion” (Salazar 45).

A continuación, en el siglo XVII se extiende rápidamente su uso. Así, por ejemplo, en 1630 Lorenzo de Mendoza se dirige al rey Felipe IV definiendo la monarquía como la “unión de los Reinos y Monarquía de Vuestra Majestad, que principalmente depende destas tres Coronas de Castilla, Portugal y Aragón unidas y hermandadas” (Mendoza 57v.). Lo que a primera vista es similar a la definición de Quevedo es en realidad un concepto diferente. Mientras Quevedo habla de un espacio geográfico Mendoza se refiere a un conjunto dinástico. En este sentido las coronas de Castilla, Aragón y Portugal no son idénticas con los reinos que llevan los mismos nombres. En los tres casos hay territorios fuera de la península que pertenecen a dichas coronas, ya sea en América (Castilla y Portugal), Asia (Portugal) o Italia (Aragón). Para ejemplificarlo, el virreinato de la Nueva España formaba parte de la corona de Castilla, pero no del reino de Castilla. Con sus posesiones en todos los continentes entonces conocidos, la monarquía era un conglomerado intercontinental de territorios. Formar parte de ella implicaba compartir sus valores religiosos, es decir, el catolicismo. España, por lo tanto, en esta concepción dinástica es el nombre de una monarquía. En la titulación oficial de los reyes, sin embargo, no aparece ni la monarquía ni las coronas sino únicamente reinos y otros títulos nobiliarios. Una carta del rey Felipe III del año 1599 comienza con la siguiente titulación

Nos Philippus Die rex Castelle Aragonum Legionis utriusque Sicilie Hierusalem Portugaliae Hungarie Dalmacie Croacie Navarre Granate Toleti Valentie Galletie Majoricarum Sardinie Cordube Corsice Murtie Giennis Algarbii Algezire Gibraltaris insularum Canariae necnon Indiarum orientalum et occidentalium insulraum ac terre firme maris Oceani archidux Austrie dux Burgundie Brabantie Medionali Athenarum et Neopratrie comes Abspurgii Flandrie Turolis Barchinone Rossilionis et Ceritanie marchio Oristani et comes Goseani. (Bofarull y Mascaró 523)

Como se puede apreciar, aparecen reinos y otros títulos jurídicos pertenecientes a territorios concretos, no así coronas –que constituyen la unidad de varios reinos, principados y condados– que un rey recibe como herencia y que debe legar a su sucesor como una unidad. El hecho de tener el mismo monarca no implicó necesariamente que dichos territorios estuvieran jurídicamente unificados9 y, por lo tanto, no existía un gobierno unitario de la monarquía, sino que cada territorio tenía sus propios procedimientos para relacionarse con el rey. Esa forma de titulación oficial iba a durar por dos siglos más. Carlos IV en un tratado con el rey británico contra la Revolución francesa se intitularía casi de la misma forma:

Don Carlos por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalen, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaen, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierrafirme del Mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante y de Milan; Conde de Apsburg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina. (Convenio entre el Rey Nuestro Señor y el Rey de Gran Bretaña 17)

En el mismo contexto, la constitución de Cádiz establecía en su primer artículo de la nación española como “reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”. La constitución se define en su preámbulo como constitución de la monarquía española, por lo que a principios del siglo XIX mantiene su significado intercontinental.

6. Patria y nación

También puede haber contribuido a las interpretaciones erróneas el hecho de que términos como patria y nación –claves para el nacionalismo de los siglos XIX y XX– también existían en la Edad Moderna. La palabra nación, que hoy define la población de una entidad política, no tenía dicho significado antes de mediados del siglo XVIII y, en algunos casos como el alemán, hasta bastante más tarde. Originalmente, nación se refería al nacimiento o procedencia común, es decir, un estado natural. Más allá de eso no tenía grandes significados. A fines de la Edad Media, el concepto de nación también acogía aspectos geográficos que se mantuvieron durante buena parte de la Edad Moderna (Helmchen; Rémi-Giraud y Rétat). Algo parecido ocurre con el concepto de patria en esta época, que también hace referencia al lugar de origen, de nacimiento. Para Xavier Gil Pujol la diferencia entre nación y patria estaba en el tamaño del lugar al cual se hacía referencia: “Natio se refiere expresamente al lugar de nacimiento. Pero, a diferencia de patria, ese lugar no solía ser una localidad o una ciudad, sino una región más grande” (Gil Pujol 40). Javier María Donézar Díez de Ulturrún, en cambio, habla de “naciones-patrias”, como si significaran lo mismo (100). Lo más probable es que no existía una diferencia clara entre ambos conceptos. Tanto nación como patria se podían referir a lugares muy pequeños como un pueblo y también a territorios grandes como España. El propio Gil Pujol admite que “los límites humanos y geográficos de una nación no estaban bien definidos, de modo que el término se prestaba a una amplia variedad de usos” (40).

El término nación mantenía además un sentido tradicional, según el cual definía a un grupo de gente que hablaba la misma lengua (el concepto natio sive lingua de Tomás de Aquino, véase, además, Gardt). Patria, en cambio, se empieza a asociar con la lengua solo en el siglo XVI, aunque, según Eulàlia Duran, este vínculo al ser nuevo al principio era todavía minoritario (“Patriotisme…” 44). De acuerdo con ello, se dividía a los estudiantes extranjeros en las universidades según naciones aplicando el criterio de la lengua que hablaban. Aun así, una lengua no siempre tenía el correlato de una nación. Este concepto predominante de la Edad Media se ve afectado por varios matices. De esa forma, una nación podía incluir a hablantes de más de una lengua –como la nación germánica en los concilios–. También el término nación se podía reducir a la población de una ciudad, con lo cual una lengua podía incluir a varias naciones. En este contexto, una persona podía pertenecer a una serie de naciones o, en cualquier caso, a más de una, lo que con el significado actual de nación ya no es posible. Andreu Bosch, jurista de Perpiñán –entonces Cataluña, hoy Francia– hablaba de las naciones de Castilla, Toledo, León, Asturias,Extremadura y Granada, que en junto con catalanes y portugueses formaban la nación española (Bosch 18). La nación española estaba formada por los súbditos de las tres coronas españolas, incluyendo los criollos americanos, pero excluyendo los territorios italianos ya desligados de la corona de Aragón y con su propio consejo territorial. Esto significa que una persona podía pertenecer a varias naciones y que también varias naciones podían volver a formar otra más amplia.

En el caso de los españoles, todos compartían una identidad amplia, que tenía sus orígenes en la época romana y también en la reconquista, por lo cual se hablaba de la ya mencionada “pérdida de España” en 711 por la invasión musulmana. Estas identidades múltiples se podrían ejemplificar con un habitante de Barcelona, que podía ser barcelonés, catalán, aragonés y español, pues hace referencia a la ciudad (Barcelona), al reino (Cataluña), a la corona (Aragón) y a la monarquía (España). Esto, no obstante, no significa que los habitantes de los diferentes reinos españoles tuvieran conciencia de pertenecer a una entidad política encabezada por el monarca. Como señala Joseph Pérez, predominaba la pertenencia a la llamada patria chica (158), que podía corresponder al reino o incluso solo a la ciudad de origen.

Si se usaba en un sentido más amplio, se solía relacionar el concepto de nación al de monarquía (Kagan). Ello no implicaba una identificación con un territorio político determinado, sino con la monarquía española en su conjunto, por lo que todos los súbditos del rey formaban parte de la nación española, cuestión que se refleja en la Constitución de Cádiz, donde se habla de los españoles de ambos hemisferios.

7. Conclusiones

En primer lugar, el presente estudio muestra que existe una confusión conceptual entre las nociones territoriales al momento de estudiar la Edad Moderna, que tiene larga data y que aún está presente en algunas corrientes de la historiografía actual. A partir del análisis, se evidencia que España muchas veces se confunde con Castilla o con el Estado español actual, lo que deja fuera a Portugal de la definición de España, cuando en realidad se hacía referencia a toda la península ibérica, lo que incluía a Portugal.

En segundo lugar, se muestra que el España podía referirse al concepto geográfico, que comprende la península ibérica entera, tal como ocurría con la Hispania romana. La existencia de varios reinos españoles evidencia que no existe un concepto político asociado con el territorio de España. Segundo, el término monarquía española abarca un conglomerado intercontinental de todas las posesiones europeas, africanas, asiáticas y europeas (también extrapeninsulares) en las cuales reinaba la dinastía de la rama española de los Austrias. En este caso, el término define todas las posesiones del monarca pero independientemente de que se encontraran dentro o fuera de la península. Tercero, existía la idea de la nación española pero de España como lugar de origen, no como una unidad política a la cual pertenecían todos los españoles como lo conceptúa el nacionalismo de los siglos XIX y XX. De esta forma, las personas podían pertenecer a diferentes naciones según el contexto de referencia geográfica. La conciencia política, en cambio, quedaba limitada a las entidades pequeñas como pueblos, ciudades o reinos.

Se ha expuesto además, que cuando hablamos de reinos, es preciso hablar de Aragón, Castilla, Portugal, Cataluña (principado en este caso) y Valencia, entre otros, como entidades propias dentro de la monarquía. Son erróneos, por lo tanto, los conceptos de reino de España, rey de España o nación española en el sentido que se le da actualmente. Las uniones de reinos en la Edad Moderna eran dinásticas y no llevaban a la creación de un nuevo reino que abarcaba los anteriores y que unificaba leyes, hacienda, aduanas o fronteras como ocurriría por primera vez en el caso de Gran Bretaña en 1707. En el caso español, son la segunda parte del siglo XVII y los inicios del XVIII que deciden si España volvería a ser Hispania o si finalmente solo una parte de ella quedando Portugal afuera.

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Notas

1 Sabiduría sin fecha (mi traducción).
2 Autores como Casalilla, Valladares, Russel y Gallego, Ferrero Micó y Guia Marín, Sales, Serrão, Cardim y Torres Megiani.
3 Se mencionan aquí solo los reinos jurídicamente independientes. Si bien en la corona de Castilla había más reinos que el castellano –el de Galicia o el de Granada–,estaban jurídicamente unificados en la corona castellana y sus representantes acudían a las mismas cortes, las castellanas.
4 Aunque hubo una subdivisión en Hispania Citerior e Hispania Ulterior, los romanos contemplaban la península en sí como Hispania.
5 Reinado Felipe que en los reinos de Castilla se llama tercero, y en los de la corona de Aragón segundo (mi traducción).
6 Tercero en Aragón (mi traducción).
7 Pero mirad Florián de Ocampo, que con toda su autoridad y gravedad no ha dudado en decir en sus historias, a su propósito, que el rey don Felipe, padre del emperador don Carlos, fue rey de España porque era de sola Castilla, no mirando a la autoridad del rey católico don Fernando, que entonces reinaba en los reinos de Aragón y de Granada, y al rey don Manuel que reinaba en Portugal, y al rey don Juan de Albret que reinaba en Navarra, que son todos estos reinos la mayor parte de España (mi traducción).
8 “los regentes milaneses, napolitanos y sicilianos pueden ser llamados en su conjunto como representantes ‘nacionales’ italianos, se contraponen a sus colegas españoles” (mi traducción).
9 Véase el ejemplo de la corona de Aragón, en la que todos los territorios mantenían sus propios fueros y leyes. Lo contrario ocurrió, como ya hemos visto, en la corona de Castilla, en la que todo territorio recién agregado se regían por las leyes castellanas.
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